Con la publicación del último decreto presidencial, entran en vigencia las nuevas restricciones que afectan, en principio, a empresas y comercios radicados den el AMBA (Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires).
Estas nuevas restricciones afectan a todo tipo de comercios, sin diferenciar entre rubros, capacidades o aforo. Indefectiblemente, sin importar a qué se dediquen, los comercios y empresas deben respetar las medidas que tienen vigencia hasta el próximo 30 de abril.
Aquí podés leer el decreto presidencial.
A continuación, te detallamos los puntos más importantes:
LOCALES COMERCIALES Y SHOPPINGS
Deberán permanecer cerrados durante las 24 horas hasta el 30 de abril.
ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Se suspenden todas las actividades deportivas y sociales que se realicen en espacios cerrados. Aquellas que se realizan a cielo abierto no se ven afectadas por las nuevas restricciones.
SISTEMAS DE CONTROL EN LA ERA POST COVID-19
ACTIVIDADES CULTURALES Y RELIGIOSAS
Solo pueden desarrollarse en espacios abiertos y deben respetar los protocolos vigentes.
LOCALES COMERCIALES
Deben permanecer cerrados desde las 19 horas hasta las 6 de la mañana siguiente.
LOCALES GASTRONÓMICOS
Dentro del horario de atención, solo pueden operar en espacios abiertos. Aquellos locales que no cuenten con espacio al aire libre, solo podrán trabajar con modalidades de entrega o retiro de mercadería.
Fuera del horario indicado en el ítem anterior, pueden continuar operando con envío a domicilio o take away.